Calculadora de Gratificación Perú 2026
Gratificación de julio y diciembre: sueldo proporcional al semestre más la bonificación extraordinaria del 9%, sin descuentos de pensiones.
Calculadora de Gratificación Perú 2026
Calcula cuánto recibirás en julio o diciembre: sueldo (más asignación familiar) proporcional a los meses completos del semestre, más la bonificación extraordinaria del 9% — o 6,75% si estás en una EPS. Las gratificaciones se pagan sin descuentos de ONP ni AFP.
Tus datos
Remuneración computable al 30 de junio o 30 de noviembre (RMV 2026: S/ 1,130.00)
Semestre enero–junio (gratificación de julio) o julio–diciembre (gratificación de diciembre). Solo cuentan los meses calendario completos laborados.
La bonificación extraordinaria equivale al aporte a EsSalud que el empleador se ahorra (Ley 30334). Si estás afiliado a una EPS, la bonificación es 6,75%.
Tu gratificación
Total a recibir
Gratificación S/ 2,000.00 + bonificación extraordinaria S/ 180.00
Gratificación
S/ 2,000.00 × 6/6
Bonificación 9%
Bonificación extraordinaria (Ley 30334)
Las gratificaciones están exoneradas de aportes: no se descuenta ONP/AFP ni EsSalud (por eso recibes la bonificación extraordinaria). Sin embargo, sí están afectas a la renta de 5ta categoría: cuentan como ingreso del año y tu empleador puede aplicar retención si tu proyección anual supera las 7 UIT.
Se pagan hasta el 15 de julio y el 15 de diciembre. Trabajadores de microempresas registradas en REMYPE no tienen derecho a gratificación; en pequeñas empresas es medio sueldo por semestre.
❓ Preguntas Frecuentes - Gratificación
¿Cómo se calcula la gratificación en Perú?
Gratificación = remuneración computable (sueldo + asignación familiar si la recibes) × meses calendario completos trabajados en el semestre ÷ 6. Si trabajaste el semestre completo, recibes un sueldo íntegro. A eso se suma la bonificación extraordinaria del 9% (Ley 30334), que reemplaza el aporte a EsSalud que el empleador se ahorra; si estás afiliado a una EPS, la bonificación es del 6,75%.
¿Cuánto recibo de gratificación si gano S/ 2.000 y trabajé todo el semestre?
Gratificación = 2.000 × 6/6 = S/ 2.000. Bonificación extraordinaria = 9% × 2.000 = S/ 180. Total a recibir = S/ 2.000 + S/ 180 = S/ 2.180, sin ningún descuento de ONP, AFP ni EsSalud.
¿La gratificación tiene descuentos de ONP, AFP o impuestos?
Las gratificaciones están exoneradas de aportes: no se les descuenta ONP ni AFP, y el empleador tampoco paga EsSalud por ellas (ese 9% se te entrega como bonificación extraordinaria). Ojo: sí están afectas a la renta de 5ta categoría — cuentan como ingreso del año, y si tu proyección anual supera las 7 UIT (S/ 38.500 en 2026) tu empleador puede aplicar retención de renta sobre ellas.
¿Cuándo se pagan las gratificaciones de julio y diciembre?
A más tardar el 15 de julio (por el semestre enero–junio, gratificación de Fiestas Patrias) y el 15 de diciembre (por el semestre julio–diciembre, gratificación de Navidad). Solo cuentan los meses calendario completos laborados en el semestre; si ingresaste a mitad de mes, ese mes no computa.
¿Qué pasa si ya no trabajo en la empresa? (gratificación trunca)
Si cesas antes del 15 de julio o del 15 de diciembre pero trabajaste al menos un mes calendario completo del semestre, te corresponde la gratificación trunca: la misma fórmula (remuneración × meses completos ÷ 6 + bonificación extraordinaria), pagada junto con tu liquidación de beneficios sociales dentro de las 48 horas del cese.
¿Todos los trabajadores reciben gratificación?
La reciben los trabajadores del régimen laboral privado (D.L. 728) con al menos un mes completo de servicios en el semestre. En el régimen MYPE: los trabajadores de microempresas registradas en REMYPE no tienen derecho a gratificación, y los de pequeñas empresas reciben medio sueldo por semestre. Los trabajadores del hogar reciben gratificación completa desde la Ley 31047.