Calculadora de Liquidación Perú 2026

Liquidación de beneficios sociales al cese: CTS trunca, gratificación trunca con 9%, vacaciones truncas e indemnización por despido.

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Calculadora de Liquidación 2026

¿Renunciaste, venció tu contrato o te despidieron? Calcula cuánto te corresponde de liquidación: CTS trunca, gratificación trunca (con la bonificación del 9%), vacaciones truncas y — si el despido fue arbitrario — la indemnización de 1,5 sueldos por año con tope de 12 sueldos.

Tus datos al cese

Tu remuneración básica mensual en soles

Desde el 1 de mayo o el 1 de noviembre

Días del mes incompleto

Meses completos desde enero (grati de julio) o desde julio (grati de diciembre)

Meses del récord vacacional no gozado

Días del mes incompleto

Tu liquidación de beneficios sociales

Total de liquidación

S/ 2,837.78

CTS trunca + gratificación trunca + vacaciones truncas

CTS trunca

S/ 777.78

4 meses sobre S/ 2,333.33

Gratificación trunca

S/ 726.67

2/6 del semestre + 9% de bonificación

Vacaciones truncas

S/ 1,333.33

8 meses de récord

Remuneración mensual (sueldo + asignación):S/ 2,000.00
CTS trunca (S/ 2,333.33 × 4/12):S/ 777.78
Gratificación trunca (S/ 666.67 × 1,09):S/ 726.67
Vacaciones truncas (S/ 2,000.00 × 8/12):S/ 1,333.33
Total de liquidación:S/ 2,837.78
La CTS trunca y la indemnización por despido no tienen descuentos. La gratificación trunca tampoco (solo suma el 9% de bonificación extraordinaria). Las vacaciones truncas sí están afectas a AFP/ONP y renta de quinta, como sueldo normal. El empleador debe pagar la liquidación dentro de las 48 horas del cese.

❓ Preguntas Frecuentes - Liquidación

¿Qué incluye la liquidación de beneficios sociales en Perú?

Al cesar (renuncia, despido o fin de contrato) tu empleador debe pagarte dentro de las 48 horas: (1) CTS trunca — los meses y días acumulados desde el último depósito, con computable = sueldo + asignación familiar + 1/6 de la última gratificación; (2) gratificación trunca — un sexto de tu remuneración por cada mes completo del semestre en curso, más la bonificación extraordinaria del 9%; (3) vacaciones truncas — 1/12 de tu remuneración por mes del récord vacacional (más las vacaciones adquiridas y no gozadas, completas); y, solo si fuiste despedido arbitrariamente, (4) la indemnización por despido. También deben pagarte los días trabajados del último mes.

Ejemplo completo: sueldo S/ 2,000 y cese el 31 de agosto

Datos: sueldo S/ 2,000.00, sin asignación familiar, última gratificación S/ 2,000.00, cese el 31 de agosto con 8 meses del año trabajados, 4 meses desde el último depósito CTS (mayo–agosto) y 2 meses del semestre de gratificación (julio–agosto). CTS trunca: computable = 2,000.00 + 333.33 (1/6 de la gratificación) = S/ 2,333.33 → 2,333.33 × 4/12 = S/ 777.78. Gratificación trunca: 2,000.00 × 2/6 = 666.67 → × 1.09 (bonificación 9%) = S/ 726.67. Vacaciones truncas: 2,000.00 × 8/12 = S/ 1,333.33. Total de liquidación = 777.78 + 726.67 + 1,333.33 = S/ 2,837.78 (las vacaciones truncas son brutas: se les descuenta AFP/ONP y renta).

¿Cuánto es la indemnización por despido arbitrario?

Para contratos a plazo indeterminado: una remuneración y media (1.5 sueldos) por cada año completo de servicios, más la fracción proporcional por meses (1.5 × sueldo × meses/12), con tope de 12 remuneraciones. Ejemplo: sueldo S/ 2,000.00 y 3 años y 6 meses → 1.5 × 2,000 × 3 = 9,000.00 + 1.5 × 2,000 × 6/12 = 1,500.00 → S/ 10,500.00. Con 8 o más años completos ya alcanzas el tope (12 sueldos). Solo corresponde si el despido fue sin causa justa; si renuncias o tu contrato vence, no hay indemnización, pero sí todos los beneficios truncos.

¿La liquidación tiene descuentos de AFP, ONP o impuesto a la renta?

Depende del concepto. La CTS trunca y la indemnización por despido arbitrario se pagan íntegras: no están afectas a AFP, ONP ni renta. La gratificación trunca tampoco tiene descuentos (por eso se le suma el 9% de bonificación extraordinaria, que reemplaza el aporte a EsSalud). Las vacaciones truncas, en cambio, son remuneración: se les descuenta AFP u ONP e impuesto a la renta de quinta categoría como a un sueldo normal.

¿En cuánto tiempo deben pagarme la liquidación y qué hago si no pagan?

El plazo legal es de 48 horas desde el cese del vínculo laboral, junto con la entrega del certificado de trabajo. Si el empleador no paga, puedes presentar una denuncia virtual gratuita ante SUNAFIL (la demora genera intereses legales y multas) o demandar el pago en la vía laboral, donde los beneficios sociales se pueden reclamar hasta 4 años después del cese. Guarda tus boletas de pago: son la prueba principal de tu remuneración y tiempo de servicios.

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